Señor agente retenedor de ICA - RETEICA se les recuerda que el RETEICA ya se declara y paga bimestralmente, favor leer muy bien las normas publicadas en el portal tributario opción normatividad tributaria, Decreto 034 de marzo 14 de 2024, modificado por el Decreto 042 de marzo 26 de 2024 allí encontrarán los nuevos plazos para presentar y pagar y próximamente se dispondrá del nuevo aplicativo para el debido cumplimiento como agentes responsables del RETEICA. Recuerden que el nuevo formulario virtual de RETEICA será también por la opción de formularios de IN-OVA COLECTIVA
Volver arriba