07/04/2020

 

ESTRATEGIAS IMPLEMENTADAS PARA EL PAGO DE COLOMBIA MAYOR EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA CAUSADA POR EL VIRUS COVID - 19

 ESTRATEGIAS IMPLEMENTADAS PARA EL PAGO DE COLOMBIA MAYOR EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA CAUSADA POR EL VIRUS COVID - 19

La Administración Municipal Copacabana Con Seguridad inició el día 6 de abril el pago a los beneficiarios del Programa Colombia Mayor, de los Subsidios correspondientes al mes de abril de 2020, además del pago excepcional decretado por el Gobierno Nacional, que en forma consolidada asciende a la suma de ciento sesenta mil pesos para cada beneficiario, recursos que también estarán disponibles para cobro hasta el 30 de mayo de 2020.

Teniendo en cuenta que el pasado 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud calificó la enfermedad causada por el virus COVID-19 como una pandemia, esencialmente por la velocidad de su propagación y la rápida escala de trasmisión, se hizo necesario por parte del Gobierno Nacional tomar medidas pertinentes al ritmo de tales circunstancias, que obligaron a expedir el Decreto N° 417 del 17 de marzo de 2020, mediante el cual se decretó el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica y adicionalmente expedir el Decreto 458 del 22 de marzo de 2020, por el cual se adoptaron medidas para los hogares en condición de pobreza en todo el territorio nacional. En ese orden de ideas, se establecieron estrategias que facilitaran el cobro del subsidio por parte de los adultos mayores de setenta (70) años, los cuales se encuentran cobijados por la medida sanitaria obligatoria de aislamiento preventivo establecida por el Gobierno Nacional, (Resolución N° 464 del 18 de marzo de 2020). Como dichas medidas continúan vigentes, es importante recordar los requisitos mínimos para proceder al pago de los subsidios y de facilitar el cobro de los mismos, razón por la cual se informa que:

El pago correspondiente al mes de abril se realizará teniendo en cuenta la estrategia de pico y cédula adoptado por el municipio. (En caso de este ser reclamado por un tercero el pico y cédula debe corresponder al adulto mayor beneficiario).

Pago a terceros

· El tercero autorizado deberá presentarse al punto de pago con la siguiente documentación:

· Autorización de pago original suscrita por el adulto(a) mayor, en su condición de beneficiario del desembolso.

· Fotocopia legible (por ambas caras) de la cédula de ciudadanía del beneficiario del subsidio, la cual deberá estar firmada por el adulto(a) mayor.

· Cédula de Ciudadanía original del adulto(a) mayor beneficiario que expide la autorización (no se aceptarán contraseñas).

· Original de la cédula de ciudadanía del tercero autorizado (no se aceptarán contraseñas).

· El operador de pagos deberá validar la identidad de la persona autorizada para cobrar el subsidio en nombre del adulto(a) mayor y solicitar firma y huella del tercero autorizado en el soporte del pago.

· Si los documentos suministrados por el tercero autorizado no son legibles, el operador de pagos queda autorizado para solicitar se ajusten los documentos a fin de proceder con el proceso de pago.

​· El operador de pago enrolará al tercero autorizado, a través del sistema biométrico y procederá a realizar el desembolso.

​Para mayor información comunicarse al teléfono 2746702


Acceda a la programación  con fecha y hora correspondiente a cada adulto beneficiario haciendo clic aquí: http://copacabana.gov.co/Transparencia/BancoDocumentos/Listado%20abril%20Adulto%20Mayor.pdf