Misión, Visión, Funciones y Deberes
Misión
Promover en conjunto con la sociedad el desarrollo humano, social y el acceso a oportunidades; garantizando a la población el ejercicio de los derechos fundamentales, impulsando el crecimiento económico articulado e integrado y soportado en una institucionalidad proactiva, efectiva y flexible; estimulando la construcción de un territorio seguro, con espacios públicos modernos, incluyentes y en armonía con el medio ambiente.
Visión
En el 2030 Copacabana será una ciudad educada, incluyente y equitativa; cuyo valor fundamental es el respeto por la vida. Económicamente próspera, articulada con los actores del desarrollo, respetuosa de la diversidad y promotora de la cultura. Con una institucionalidad pública efectiva y transparente, garante del ejercicio de los derechos humanos fundamentales. Territorialmente integrada, ambientalmente sostenible, con hábitats seguros y de calidad, que la convertirán en la ciudad que queremos.
Funciones y Deberes
La alcaldía de Copacabana ha dispuesto este espacio para consultar las funciones y deberes de la administración (Clic aquí).
Funciones
1. Administrar los asuntos municipales y prestar los servicios públicos que determine la ley.
2. Ordenar el desarrollo de su territorio y construir las obras que demande el progreso municipal.
3. Promover la participación comunitaria y el mejoramiento social y cultural de sus habitantes.
4. Planificar el desarrollo económico, social y ambiental de su territorio, de conformidad con la ley y en coordinación con otras entidades.
5. Solucionar las necesidades insatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental, agua potable, servicios públicos domiciliarios, vivienda recreación y deporte, con especial énfasis en la niñez, la mujer, la tercera edad y los sectores discapacitados, directamente y en concurrencia, complementariedad y coordinación con las demás entidades territoriales y la Nación, en los términos que defina la ley.
6. Velar por el adecuado manejo de los recursos naturales y del medio ambiente, de conformidad con la ley.
7. Promover el mejoramiento económico y social de los habitantes del respectivo municipio.
8. Hacer cuanto pueda adelantar por sí mismo, en subsidio de otras entidades territoriales, mientras éstas proveen lo necesario.
9. Las demás que le señale la Constitución y la ley.
Actos de delegación de funciones - Resolución 490/2020
Deberes de los servidores públicos - RESOLUCIÓN 596/2015